LSP2010

Artículo 54 — LSP2010

Artículo 54. Procedimiento sancionador y documentación de las actuaciones inspectoras.

El procedimiento que se siga para la determinación de las faltas e imposición de las sanciones deberá sujetarse a los principios generales del procedimiento administrativo sancionador y, en particular, a los de audiencia del interesado y protección del denunciante.

Los inspectores documentarán sus actuaciones mediante actas, diligencias e informes conforme se determine reglamentariamente.