LSC

Artículo 187 del Real Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de julio,: Inaplicabilidad de las restricciones

Texto consolidado del BOE.

Artículo 187. Inaplicabilidad de las restricciones.

Las restricciones legales contempladas en los artículos 184 y 186 no serán de aplicación cuando el representante sea el cónyuge o un ascendiente o descendiente del representado ni tampoco cuando aquél ostente poder general conferido en documento público con facultades para administrar todo el patrimonio que el representado tuviere en territorio nacional.