Disposición final décima. Adaptación del Concierto Económico con la Comunidad Autónoma del País Vasco y del Convenio Económico entre el Estado y la Comunidad Foral de Navarra.
En el primer semestre desde su publicación en el «Boletín Oficial del Estado» se reunirá la Comisión Mixta del Concierto Económico con el País Vasco y la Comisión del Convenio Económico con Navarra para acordar la correspondiente adaptación del Concierto Económico con la Comunidad Autónoma del País Vasco, y del Convenio Económico entre el Estado y la Comunidad Foral de Navarra, a los impuestos creados por esta ley.