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Artículo 272 de la Ley 36/2011, de 10 de octubre, reguladora de la jurisdicción social: Traslado de la propuesta de distribución

Texto consolidado del BOE. Se estudia en Tramitación Procesal. Practicar con tests.

Artículo 272. Traslado de la propuesta de distribución.

1. De la propuesta común o de la formulada por el secretario judicial, se dará traslado en su caso, a los acreedores no proponentes, al ejecutado y al Fondo de Garantía Salarial, para que manifiesten su conformidad o disconformidad en el plazo de tres días.

2. Si no se formulara oposición, el secretario judicial deberá aprobar la propuesta común presentada o se entenderá definitiva la distribución por él practicada. De formularse aquélla, se convocará a todos los interesados a una comparecencia, dándose traslado de los escritos presentados.