Texto consolidado del BOE. Se estudia en Tramitación Procesal. Practicar con tests.
Artículo 170. Remisión del expediente.
Dentro del siguiente día hábil a la admisión de la demanda, el secretario judicial requerirá de la oficina pública competente el envío del expediente, que habrá de ser remitido en el plazo de cinco días.