Texto consolidado del BOE. Se estudia en Tramitación Procesal. Practicar con tests.
Artículo 168. Plazo.
El plazo para el ejercicio de la acción de impugnación será de diez días hábiles, contados a partir de aquél en que sea recibida la notificación de la resolución denegatoria expresa o transcurra un mes desde la presentación de los estatutos sin que hubieren notificado a los promotores defectos a subsanar.