Artículo 40.
Corresponde íntegramente al Estado, de conformidad con las leyes generales, la organización y funcionamiento del Ministerio Fiscal.
Artículo 40.
(Suprimido)
Se suprime por el art. único.41 de la Ley Orgánica 1/1999, de 5 de enero. Ref. BOE-A-1999-338