Texto consolidado del BOE. Se estudia en Tramitación Procesal, Policía Nacional, Guardia Civil. Practicar con tests.
Artículo 378.
1. Gozarán de inamovilidad los Jueces y Magistrados que desempeñen cargos judiciales.
2. Los que hayan sido nombrados por plazo determinado gozarán de inamovilidad sólo por ese tiempo.
3. Los casos de renuncia, excedencia, traslado y promoción se regirán por sus normas específicas establecidas en esta ley.