LO 4/1982 Estatuto de Autonomía de Murcia

Artículo veintiocho de la LO 4/1982 Estatuto de Autonomía de Murcia

Texto consolidado del BOE. Se estudia en Policía Nacional, Guardia Civil, Administrativo del Estado, Auxiliar Administrativo. Practicar con tests.

Artículo 28.

Uno. La Asamblea Regional funciona en Pleno y en Comisiones.

Dos. Las Comisiones son permanentes y, en su caso, especiales o de investigación.

Tres. Una Diputación Permanente, elegida de entre sus miembros por la Asamblea Regional, asumirá las funciones de ésta cuando no esté reunida o haya expirado su mandato. El Reglamento determinará su composición, régimen y funcionamiento.