LO 2/2007 Estatuto de Autonomía de Andalucía

Artículo 94 — LO 2/2007 Estatuto de Autonomía de Andalucía

Artículo 94. Agrupación de municipios.

Una ley regulará las funciones de las áreas metropolitanas, mancomunidades, consorcios y aquellas otras agrupaciones de municipios que se establezcan, para lo cual se tendrán en cuenta las diferentes características demográficas, geográficas, funcionales, organizativas, de dimensión y capacidad de gestión de los distintos entes locales.