LO 14/2007

Artículo 63 — LO 14/2007

Artículo 63. Participación en instituciones y órganos de la Unión Europea.

1. La Comunidad podrá participar en las instituciones y órganos de la Unión, dentro de la representación del Estado español, según lo determine la legislación aplicable.

2. La Junta de Castilla y León propondrá al Estado la designación de representantes en el Comité de las Regiones, de conformidad con las normas que lo regulan.