LO 11/2007 Derechos GC

Artículo 26 — LO 11/2007 Derechos GC

Artículo 26. Formación y perfeccionamiento.

Los miembros de la Guardia Civil tendrán el derecho y, en su caso, el deber de participar en los cursos y en las actividades formativas destinadas a mejorar su capacidad profesional y facilitar su promoción de acuerdo con los criterios objetivos de selección que se establezcan para el acceso a dichas actividades. Estos criterios deberán respetar los principios que regulan la carrera profesional.