Llei 19/2014 Trans Cat

Artículo 67 de Llei 19/2014 Trans Cat: Garantías para la efectividad del gobierno abierto

Texto consolidado del BOE. Se estudia en Administrativo del Estado, Auxiliar Administrativo, Tramitación Procesal. Practicar con tests.

Artículo 67. Garantías para la efectividad del gobierno abierto.

1. El gobierno abierto permite a los ciudadanos y a las entidades, con carácter general, hacer llegar a la Administración pública propuestas, sugerencias y opiniones sobre cualquier asunto de su competencia. La Administración tiene la obligación de darles una respuesta motivada.

2. La Administración pública debe establecer procedimientos de participación y colaboración ciudadana en la elaboración de planes y programas de carácter general y en la definición de las políticas públicas más relevantes.

3. En los supuestos a los que se refiere el apartado 2, la Administración debe cumplir las siguientes obligaciones:

a) Dar información, con suficiente antelación, sobre las propuestas sometidas a la consideración de los ciudadanos.

b) Suministrar de forma adecuada, sistemática y comprensible la información relativa a las propuestas que sea necesaria para poderlas valorar adecuadamente.

c) Valorar el resultado del proceso participativo en el momento de la toma de decisión.

d) Informar a los ciudadanos que han participado en el proceso sobre las decisiones adoptadas y los motivos que las justifican.

4. Quedan excluidas del ámbito de aplicación de los apartados 2 y 3 las siguientes actuaciones:

a) Las que se tramitan o se aprueban con carácter de urgencia.

b) Las que tienen como único objetivo la seguridad pública.

c) Las que pueden dar lugar a la aplicación de los límites de acceso a la información pública establecidos por la presente ley.