Texto consolidado del BOE. Se estudia en Administrativo del Estado, Auxiliar Administrativo, Tramitación Procesal. Practicar con tests.
Artículo 66. Medidas de fomento del gobierno abierto.
1. Los ciudadanos pueden intervenir, de forma individual o colectiva, mediante entidades de carácter representativo, en la definición y la aplicación de las políticas públicas.
2. La Administración pública debe fomentar la participación y colaboración ciudadanas en la toma de decisiones públicas y en el seguimiento y la evaluación de la aplicación de dichas decisiones.
3. Los instrumentos y formas de participación y colaboración ciudadanas deben darse a conocer mediante el Portal de la Transparencia y los demás canales de difusión para permitir que su conocimiento sea lo más generalizado posible.
4. Los instrumentos de participación y colaboración deben dirigirse al conjunto de la ciudadanía, y la Administración debe poner a su disposición las herramientas de formación pertinentes para que pueda dominar su uso. También pueden destinarse a los sectores de la ciudadanía y de entidades directamente afectados por las políticas públicas.