Ley 8/2015 Transparencia Aragón

Artículo 49 — Ley 8/2015 Transparencia Aragón

Artículo 49. Derecho de participación.

En los términos previstos en el artículo 15 del Estatuto de Autonomía de Aragón, los ciudadanos y las ciudadanas, directamente o a través de las entidades ciudadanas, tienen derecho a participar en las políticas públicas que impulse el Gobierno de Aragón a través de los instrumentos regulados en este título, sin perjuicio de lo establecido en otras normas del ordenamiento jurídico.