Ley 8/2011 Igualdad Ext

Artículo 17 — Ley 8/2011 Igualdad Ext

Artículo 17. Consejo Extremeño de Participación de las Mujeres.

1. La Junta de Extremadura creará el Consejo Extremeño de Participación de las Mujeres, adscrito a la Consejería competente en materia de igualdad, como órgano consultivo y de participación de las asociaciones y organizaciones de mujeres y los agentes sociales y económicos en las políticas de igualdad de género de la Junta de Extremadura.

2. Reglamentariamente se determinarán sus funciones, composición y régimen de funcionamiento.