Ley 7/2025 Patrimonio Andalucía

Artículo 186 — Ley 7/2025 Patrimonio Andalucía

Artículo 186. Procedimiento sancionador.

1. Para la imposición de las sanciones recogidas en este título se seguirá el procedimiento establecido en el título IV de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, con las especialidades previstas para el procedimiento sancionador.

2. El plazo máximo para resolver y notificar los procedimientos sancionadores será de seis meses a contar desde la fecha del acuerdo de inicio.