Ley 7/2004 Organización Admin. Pública Murcia

Artículo 51 de la Ley 7/2004 Organización Admin. Pública Murcia: Impugnación de los actos de los organismos públicos

Texto consolidado del BOE. Se estudia en Administrativo del Estado, Auxiliar Administrativo, Tramitación Procesal. Practicar con tests.

Artículo 51. Impugnación de los actos de los organismos públicos.

Contra los actos y resoluciones de los organismos autónomos, así como contra los dictados en el ejercicio de potestades administrativas por las entidades públicas empresariales, caben los recursos administrativos o reclamaciones previas que procedan, previstos en la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas.