Ley 7/1999 Admin Local Aragón

Disposición adicional novena — Ley 7/1999 Admin Local Aragón

Disposición adicional novena. Regulación del Registro de comunidades tradicionales de origen vecinal de Aragón.

El Gobierno de Aragón, en el plazo de un año desde la entrada en vigor de la presente Ley, regulará un Registro de comunidades tradicionales de origen vecinal de Aragón, a propuesta del Departamento con competencia en materia de régimen local.

Se añade por el art. 33.2 de la Ley 10/2012, de 27 de diciembre. Ref. BOE-A-2013-1424