Ley 7/1999 Admin Local Aragón

Artículo 39 — Ley 7/1999 Admin Local Aragón

Artículo 39. Consejos sectoriales.

También podrán crearse por el Pleno órganos colegiados de participación sectorial en relación con los ámbitos de actuación pública municipal, con la finalidad de facilitar y fomentar la participación de las asociaciones y colectivos interesados.