Ley 7/1999 Admin Local Aragón

Artículo 220 de la Ley 7/1999 Admin Local Aragón: Ámbito de ejercicio

Texto consolidado del BOE. Se estudia en Administrativo del Estado, Auxiliar Administrativo, Tramitación Procesal. Practicar con tests.

Artículo 220. Ámbito de ejercicio.

1. En ejercicio de la iniciativa pública económica a la que se refiere el artículo 204 de esta Ley, las entidades locales podrán realizar actividades económicas, mercantiles, agrícolas u otras análogas, así como promover la creación y desarrollo de iniciativas locales de empleo con dicha finalidad.

2. Asimismo, podrán adoptar medidas de protección y promoción del aprovechamiento de los recursos naturales e industriales ubicados en su territorio, de manera coordinada con la acción del Estado y de la Comunidad Autónoma en el ámbito de sus respectivas competencias.