Artículo 158. Principios de relación.
1. Las relaciones entre la Administración de la Comunidad Autónoma y las entidades locales de Aragón se adecuarán a los principios de coordinación, cooperación, asistencia e información mutua y respeto de los ámbitos competenciales respectivos al objeto de alcanzar la máxima eficacia en la gestión administrativa al servicio de los ciudadanos.
2. Las entidades locales articularán y potenciarán sus relaciones mutuas a través de la cooperación y colaboración al objeto de alcanzar una mayor eficacia y rentabilidad en la gestión de sus respectivos intereses.