Disposición final sexta. Desarrollo reglamentario.
Se habilita al Gobierno para dictar las disposiciones reglamentarias que sean precisas para el desarrollo y aplicación de esta Ley.
Disposición final sexta. Desarrollo reglamentario.
Se habilita al Gobierno para dictar las disposiciones reglamentarias que sean precisas para el desarrollo y aplicación de esta Ley.
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