Ley 6/1984 Asturias

Artículo 1 — Ley 6/1984 Asturias

Artículo 1.

El Presidente del Principado ostenta la suprema representación del Principado y la ordinaria del Estado en Asturias. Preside el Consejo de Gobierno, cuya actividad dirige, y coordina la Administración de la Comunidad Autónoma.