Ley 5/2019 Discapacidad Aragón

Artículo 7 — Ley 5/2019 Discapacidad Aragón

Artículo 7. Vulneración del derecho a la igualdad de oportunidades.

Se entenderá que se vulnera el derecho a la igualdad de oportunidades de las personas con discapacidad cuando, por motivo o razón de discapacidad, se produzca discriminación directa o indirecta, discriminación por asociación, acoso, incumplimiento de las exigencias de accesibilidad y de realizar ajustes razonables, así como el incumplimiento de las medidas de acción positiva legalmente establecidas.