Ley 5/2019 Discapacidad Aragón

Artículo 58 — Ley 5/2019 Discapacidad Aragón

Artículo 58. Investigación y redes del conocimiento.

1. La Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón impulsará la realización de estudios e investigaciones destinados a la mejora de la calidad de vida y autonomía personal de las personas con discapacidad en todos los ámbitos sociales, así como a la accesibilidad universal y el diseño universal.

2. Se fomentarán las redes del conocimiento que favorezcan la divulgación científica y el conocimiento en materias relacionadas con las personas con discapacidad.