Ley 5/2019 Discapacidad Aragón

Artículo 19 — Ley 5/2019 Discapacidad Aragón

Artículo 19. Pruebas de acceso a la universidad.

A fin de garantizar la normalización e inclusión del alumnado con discapacidad asegurando su no discriminación e igualdad efectiva en las pruebas de acceso a la universidad, se adoptarán, entre otras, las siguientes medidas:

a) Adaptación de los tiempos de las pruebas y garantía de tiempos de descanso entre estas.

b) Adaptación de los exámenes, garantizando las herramientas oportunas para asegurar la igualdad de oportunidades.

c) Aplicación de criterios de evaluación adaptados a las características personales del alumnado con necesidades específicas de apoyo educativo.