Ley 5/2018 Cantabria RJ Gobierno

Disposición adicional sexta — Ley 5/2018 Cantabria RJ Gobierno

Disposición adicional sexta. Actualización de los Anexos.

El Gobierno, mediante decreto, procederá a la actualización de los Anexos incluidos en la presente Ley cuando las leyes de la Comunidad Autónoma de Cantabria, o los decretos a los que se refiere la disposición adicional séptima, introduzcan modificaciones en el sentido del silencio o en el plazo en el que debe dictarse y notificarse la resolución expresa en alguno de los procedimientos administrativos.

Mediante Orden de la Consejería de Presidencia se adecuarán las denominaciones de las consejerías recogidas en los anexos a la reorganización de las consejerías acordadas por el Presidente mediante el Decreto.

Se añade el segundo párrafo por el art. 5.9 de la Ley 3/2023, de 26 de diciembre. Ref. BOE-A-2024-1373