Ley 5/2010 LAULA

Artículo 132 de la Ley 5/2010 LAULA: Supresión de las entidades locales autónomas

Texto consolidado del BOE.

Artículo 132. Supresión de las entidades locales autónomas.

Las entidades locales autónomas podrán ser suprimidas en los mismos supuestos y por el mismo procedimiento y con los mismos requisitos previstos para las entidades vecinales, siendo competencia del respectivo ayuntamiento, oída la junta vecinal de la entidad.