Ley 5/2005 CM VG

Artículo 44 — Ley 5/2005 CM VG

Artículo 44. Funciones.

1. Bajo la dirección y supervisión del Procurador General, al Secretario General le corresponde dirigir los servicios administrativos, de gestión de personal, económica y presupuestaria.

2. Además, le corresponden las siguientes funciones:

a) Prestar asesoramiento al Procurador General en todas las materias de su competencia.

b) Elaborar las propuestas de informes previstos en los artículos 30 y 31 de esta Ley para su aprobación por el Procurador General.

c) Elaborar las propuestas de proyectos de presupuesto y de Reglamento de Organización y Funcionamiento para su aprobación por el Procurador General.

d) Las que le sean atribuidas por el Reglamento de Organización y Funcionamiento del Procurador General.

e) Cualesquiera otras que sean inherentes a su condición de Secretario General.