Ley 47/2003

Artículo 90 de la Ley 47/2003: Tesoro Público

Texto consolidado del BOE. Se estudia en Administrativo del Estado, Auxiliar Administrativo. Practicar con tests.

Artículo 90. Tesoro Público.

Constituyen el Tesoro Público todos los recursos financieros, sean dinero valores o créditos de la Administración General del Estado y sus organismos autónomos, tanto por operaciones presupuestarias como no presupuestarias.

Este artículo entra en vigor el 1 de enero de 2004, según establece la disposición final quinta.

Artículo 90. Tesoro Público.

Constituyen el Tesoro Público todos los recursos financieros, sean dinero, valores o créditos de la Administración General del Estado, sus organismos autónomos, las agencias estatales y el resto de entidades del sector público administrativo estatal con exclusión de los sujetos contemplados en el artículo 2.1.d) y h) y 2.3, tanto por operaciones presupuestarias como no presupuestarias.

Se modifica, con efectos de 1 de enero de 2009, por la disposición final 10.6 de la Ley 2/2008, de 23 de diciembre. Ref. BOE-A-2008-20744

Artículo 90. Tesoro Público.

Constituyen el Tesoro Público todos los recursos financieros, sean dinero, valores o créditos de la Administración General del Estado, sus organismos autónomos y el resto de entidades del sector público administrativo estatal, con exclusión de los sujetos contemplados en el artículo 2.2.d) y h) y 2.3, tanto por operaciones presupuestarias como no presupuestarias.

Se modifica por la disposición final 19.3 de la Ley 6/2018, de 3 de julio. Ref. BOE-A-2018-9268#df-20

Se modifica, con efectos de 1 de enero de 2009, por la disposición final 10.6 de la Ley 2/2008, de 23 de diciembre. Ref. BOE-A-2008-20744

Artículo 90. Tesoro Público.

Constituyen el Tesoro Público todos los recursos financieros, sean dinero, valores o créditos de la Administración General del Estado, sus organismos autónomos y el resto de entidades del sector público administrativo estatal, con exclusión de los sujetos contemplados en el artículo 2.2. b), d), g) y h) y 2.3, tanto por operaciones presupuestarias como no presupuestarias.

Se modifica por la disposición final 17.8 de la Ley 11/2020, de 30 de diciembre. Ref. BOE-A-2020-17339#df-18

Se modifica por la disposición final 19.3 de la Ley 6/2018, de 3 de julio. Ref. BOE-A-2018-9268#df-20

Se modifica, con efectos de 1 de enero de 2009, por la disposición final 10.6 de la Ley 2/2008, de 23 de diciembre. Ref. BOE-A-2008-20744