Ley 45/2007

Artículo 38 de la Ley 45/2007: Comisión Interministerial para el Medio Rural

Texto consolidado del BOE.

Artículo 38. Comisión Interministerial para el Medio Rural.

La Comisión Interministerial para el Medio Rural es el órgano colegiado responsable de dirigir y coordinar la acción de los distintos departamentos ministeriales en relación con el medio rural y, en particular, las medidas de desarrollo rural reguladas en esta Ley.

Su composición y funcionamiento se determinarán reglamentariamente.