Ley 45/2007

Artículo 37 de la Ley 45/2007: Memoria económica

Texto consolidado del BOE.

Artículo 37. Memoria económica.

El Programa de Desarrollo Rural Sostenible deberá ir acompañado de una memoria económica de su coste que contemple de manera diferenciada la financiación correspondiente a las actuaciones estatales y la previsión de cofinanciación de las concertadas que formen parte del Programa.