Texto consolidado del BOE. Se estudia en Administrativo del Estado. Practicar con tests.
Artículo 19. Concepto de Sociedad Participada por los Trabajadores.
1. Tendrán la consideración de sociedades participadas por los trabajadores las sociedades anónimas o de responsabilidad limitada que no alcancen los requisitos establecidos en el capítulo I, pero promuevan el acceso a la condición de socios de los trabajadores, así como las distintas formas de participación de los mismos, en particular a través de la representación legal de los trabajadores, y cumplan alguno de los siguientes requisitos:
a) Que cuenten con trabajadores que posean participación en el capital y/o en los resultados de la sociedad.
b) Que cuenten con trabajadores que posean participación en los derechos de voto y/o en la toma de decisiones de la sociedad.
c) Que adopten una estrategia que fomente la incorporación de trabajadores a la condición de socios.
d) Que promuevan los principios recogidos en el artículo anterior.
2. Su actuación deberá ser diligente, leal, responsable y transparente, y deberán favorecer la generación de empleo estable y de calidad, la integración como socios de los trabajadores, la igualdad de oportunidades entre hombres y mujeres, y la conciliación de la vida personal, familiar y laboral.
3. Asimismo, adoptarán políticas o estrategias de responsabilidad social, fomentando las prácticas de buen gobierno, el comportamiento ético y la transparencia.