Ley 4/2023 Presidencia Gobierno Canarias

Artículo 40 de la Ley 4/2023 Presidencia Gobierno Canarias: Comisiones delegadas del Gobierno

Texto consolidado del BOE.

Artículo 40. Comisiones delegadas del Gobierno.

El Gobierno podrá constituir, en su seno, comisiones delegadas, de carácter permanente o temporal, para el ejercicio de las funciones que le atribuya su norma de creación y las que le delegue el Consejo de Gobierno.