Ley 4/2005 Funcionamiento RJ La Rioja

Artículo 11 de la Ley 4/2005 Funcionamiento RJ La Rioja: Convenios

Texto consolidado del BOE. Se estudia en Administrativo del Estado, Auxiliar Administrativo, Tramitación Procesal. Practicar con tests.

Artículo 11. Convenios.

1. La Administración general de la Comunidad Autónoma de La Rioja, sus organismos públicos y entidades de derecho público vinculados o dependientes podrán celebrar convenios con otros sujetos de derecho público para fines de interés común en el ejercicio de competencias propias o delegadas, o con entidades privadas para la consecución de fines de interés público.

2. La Administración general podrá celebrar convenios con sus organismos públicos y otros entes integrantes de su sector público.

3. La Comunidad Autónoma de La Rioja podrá celebrar convenios y acuerdos de cooperación con otras comunidades autónomas o territorios de régimen foral para la gestión y prestación de los servicios propios de su competencia, de acuerdo con lo establecido por la Constitución y por el artículo 14 del Estatuto de Autonomía.

Se modifica por el art. 13.2 de la Ley 2/2018, de 30 de enero de 2018. Ref. BOE-A-2018-1917