Ley 3/2016 CM LGTBI

Artículo 44 — Ley 3/2016 CM LGTBI

Artículo 44. Acoso laboral.

Se establecerán mecanismos para la detección e intervención en casos de acoso laboral y discriminación por razón de la orientación sexual y/o identidad o expresión de género. Se establecerán medidas para prevenir y, en su caso, corregir y eliminar, estas conductas en los centros de trabajo.