Ley 3/2016 CM LGTBI

Artículo 43 — Ley 3/2016 CM LGTBI

Artículo 43. Plan contra la discriminación en el ámbito laboral.

1. Reglamentariamente se desarrollará un Plan contra la discriminación en el ámbito laboral, público y privado, que contemple medidas de igualdad y no discriminación, así como medidas de difusión e información de los derechos de las personas LGTBI. Dicho plan tendrá que ser participativo, contando con las organizaciones LGTBI, así como con las organizaciones sindicales y empresariales más significativas.

2. La Comunidad de Madrid realizará campañas de difusión y sensibilización del tejido social y empresarial para lograr la plena integración laboral, por cuenta propia o ajena, de las personas LGTBI.

Se modifica por el art. único.11 bis de la Ley 18/2023, de 27 de diciembre. Ref. BOE-A-2024-10768