Ley 3/2009 Murcia

Artículo 25 de la Ley 3/2009 Murcia: Datos personales

Texto consolidado del BOE.

Artículo 25. Datos personales.

Los datos de carácter personal que hagan referencia a la salud, creencias, orientación sexual y, en general, cuantos otros datos pertenezcan a la esfera de su privacidad, deberán ser objeto de una especial protección y salvaguarda.