Ley 3/2009 Murcia

Artículo 27 — Ley 3/2009 Murcia

Artículo 27. Excepciones al derecho a la confidencialidad.

El derecho a la confidencialidad recogido en el presente Título de esta Ley está limitado por el cumplimiento de los deberes legales de comunicación o denuncia ante cualquiera de los supuestos previstos en las Leyes.