Ley 3/2005 Autonomía Paciente Ext

Artículo 19 de la Ley 3/2005 Autonomía Paciente Ext: Modificación, sustitución y revocación de la expresión anticipada de voluntades

Texto consolidado del BOE.

Artículo 19. Modificación, sustitución y revocación de la expresión anticipada de voluntades.

1. El documento de expresión anticipada de voluntades puede ser modificado, sustituido por otro o revocado en cualquier momento por la persona otorgante, siempre que concurran los mismos requisitos exigidos para el otorgamiento expresados en el artículo anterior.

2. En estos casos, se tendrá en cuenta el contenido del último documento otorgado correctamente, quedando los anteriores automáticamente revocados.