Ley 3/2005 Autonomía Paciente Ext

Artículo 22 de la Ley 3/2005 Autonomía Paciente Ext: Registro de Expresión Anticipada de Voluntades

Texto consolidado del BOE.

Artículo 22. Registro de Expresión Anticipada de Voluntades.

Se crea el Registro de Expresión Anticipada de Voluntades de la Consejería de Sanidad y Consumo de la Comunidad Autónoma de Extremadura, que se regirá por las normas que reglamentariamente se establezcan, entrando en funcionamiento cuando éstas determinen.