Disposición adicional segunda. Revisión de oficio, declaración de lesividad y revocación de actos en los organismos públicos.
(Derogada).
Se deroga por la disposición derogatoria única de la Ley 4/2005, de 1 de junio. Ref. BOE-A-2005-10458#ddunica
Disposición adicional segunda. Revisión de oficio, declaración de lesividad y revocación de actos en los organismos públicos.
(Derogada).
Se deroga por la disposición derogatoria única de la Ley 4/2005, de 1 de junio. Ref. BOE-A-2005-10458#ddunica
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