Ley 3/2003 Asturias Sindicatura

Disposición final tercera — Ley 3/2003 Asturias Sindicatura

Disposición final tercera. Estatutos de Organización y Funcionamiento.

Dentro de los seis meses siguientes a la designación de Síndicos, el Consejo deberá aprobar el proyecto de Estatutos de Organización y Funcionamiento de la Sindicatura de Cuentas, que será elevado por el Síndico Mayor a la Junta General del Principado de Asturias, por conducto de su Mesa, para su tramitación, discusión y, en su caso, aprobación por el Pleno de la Cámara.