Ley 3/2002 Archivos Cantabria

Artículo 35 de la Ley 3/2002 Archivos Cantabria: Recuperación del Patrimonio Documental

Texto consolidado del BOE.

Artículo 35. Recuperación del Patrimonio Documental.

1. El Gobierno de Cantabria promoverá el acrecentamiento y recuperación del Patrimonio Documental de Cantabria mediante la adquisición por cualquier título, dentro y fuera de Cantabria, de los documentos que lo integran.

2. Igualmente, el Gobierno de Cantabria promoverá acuerdos de colaboración con las entidades locales para favorecer la conservación del Patrimonio Documental de Cantabria.