Artículo 79. Nombramientos, destinos y ceses de oficiales generales.
Los nombramientos o asignaciones y los ceses de los cargos y destinos correspondientes a oficiales generales, serán competencia del Ministro del Interior.
Artículo 79. Nombramientos, destinos y ceses de oficiales generales.
Los nombramientos o asignaciones y los ceses de los cargos y destinos correspondientes a oficiales generales, serán competencia del Ministro del Interior.
Empieza a practicar gratis