Ley 29/2014 Régimen Personal GC

Artículo 76 de la Ley 29/2014 Régimen Personal GC: Personal del Cuerpo de la Guardia Civil en la Casa de Su Majestad el Rey

Texto consolidado del BOE.

Artículo 76. Personal del Cuerpo de la Guardia Civil en la Casa de Su Majestad el Rey.

Los guardias civiles, que pasen a prestar servicios en la Casa de Su Majestad el Rey, serán nombrados y relevados conforme a lo previsto en el artículo 65.2 de la Constitución.