Ley 29/2014 Régimen Personal GC

Artículo 11 de la Ley 29/2014 Régimen Personal GC: Del Subsecretario de Defensa

Texto consolidado del BOE.

Artículo 11. Del Subsecretario de Defensa.

El Subsecretario de Defensa, como principal colaborador del titular del Ministerio de Defensa en la política de personal y enseñanza, es el responsable de su propuesta, desarrollo y aplicación para el personal del Cuerpo de la Guardia Civil, en el ámbito de competencias del mencionado Ministro.