Ley 29/2011

Artículo 56 — Ley 29/2011

Artículo 56. Reconocimiento y memoria de las víctimas del terrorismo.

Los poderes públicos impulsarán medidas activas para asegurar, dentro del máximo respeto y dignificación de las víctimas, y mediante actos, símbolos, monumentos o elementos análogos, el recuerdo y el reconocimiento de las víctimas del terrorismo.