Ley 2/1995 Asturias

Artículo 28 — Ley 2/1995 Asturias

Artículo 28. Recurso de reposición.

Los actos administrativos que pongan fin a la vía administrativa podrán ser recurridos potestativamente en reposición ante el mismo órgano que los hubiera dictado o ser impugnados directamente ante el orden jurisdiccional contencioso-administrativo.

Se modifica por el art. 5 de la Ley autonómica 6/2003, de 30 de diciembre. Ref. BOE-A-2004-2367.